Primera parte: test
01Historia del Derecho
Con anterioridad al Derecho romano existe:
· a)la edad dorada del Derecho
· b)la codificación moderna
✓ c)la prehistoria del derecho
Por qué es la respuesta correcta:El Derecho romano es el punto de referencia clásico de arranque de la Historia del Derecho occidental, pero antes de él existió una etapa de prehistoria del derecho, en la que las sociedades humanas ya regulaban su convivencia mediante usos y costumbres sin la sofisticación técnica y conceptual que alcanzaría después el Derecho romano. Ni "la edad dorada del Derecho" ni "la codificación moderna" son etapas anteriores al Derecho romano: la codificación, de hecho, es un fenómeno mucho más tardío (siglos XVIII-XIX).
02Fuentes del Derecho
El derecho consuetudinario está conformado por:
✓ a)costumbres
· b)consejos emitidos por la jurisprudencia
· c)informes emitidos por el Consejo de Estado
Por qué es la respuesta correcta:El derecho consuetudinario es, por definición, el conjunto de normas jurídicas que nacen de la costumbre: la reiteración uniforme, constante y prolongada en el tiempo de una determinada conducta por el conjunto social, acompañada de la convicción de que esa conducta es jurídicamente obligatoria (opinio iuris). Ni la jurisprudencia ni los informes del Consejo de Estado son costumbre: son fuentes o instrumentos de naturaleza distinta.
03Fuentes del Derecho
Según el Código Civil, la costumbre regirá en defecto de ley, siempre que:
· a)no sea anticonstitucional
· b)complemente a la ley y a los principios generales del derecho
✓ c)no sea contraria a la moral o al orden público y resulte probada
Por qué es la respuesta correcta:El artículo 1.3 del Código Civil establece que la costumbre solo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y que resulte probada. No basta con que no sea "anticonstitucional" (criterio impreciso y no es el que emplea el Código Civil) ni se trata de que "complemente" a la ley y a los principios generales, sino de que actúe como fuente subsidiaria cuando no hay ley aplicable.
04Fuentes del Derecho
Los agentes con capacidad para crear normas jurídicas se denominan:
· a)fuentes de conocimiento del derecho
· b)fuentes de innovación del derecho
✓ c)fuentes de producción del derecho
Por qué es la respuesta correcta:Se distingue entre fuentes de producción (los órganos, poderes o sujetos con capacidad reconocida por el ordenamiento para crear normas jurídicas: el poder legislativo, el poder ejecutivo, la propia sociedad mediante la costumbre) y fuentes de conocimiento (los cauces o medios a través de los cuales esas normas, ya creadas, se dan a conocer a sus destinatarios, como el Boletín Oficial del Estado). "Fuentes de innovación" no es una categoría reconocida en la Teoría del Derecho.
05Fuentes del Derecho
Conforme al "criterio de competencia" las normas se estructuran:
· a)verticalmente, en términos de superioridad relativa
✓ b)horizontalmente, por razón de la materia regulada
· c)igualitariamente, sin que exista criterio de distinción
Por qué es la respuesta correcta:Junto al criterio de jerarquía (que ordena las normas verticalmente, en función de su superioridad o inferioridad relativa: Constitución, ley, reglamento), existe el criterio de competencia, que estructura las normas horizontalmente, atribuyendo a cada órgano o ente la potestad de regular una materia determinada con independencia de su rango (por ejemplo, el reparto de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas).
06Personalidad y capacidad jurídica
Los menores de edad:
· a)gozan de plena capacidad jurídica y de obrar
✓ b)permanecen bajo un régimen de tutela hasta la mayoría de edad
· c)adquieren la personalidad jurídica con la mayoría de edad
Por qué es la respuesta correcta:Todo ser humano adquiere la personalidad jurídica desde su nacimiento (no con la mayoría de edad), pero mientras es menor de edad su capacidad de obrar está limitada: por ello permanece, con carácter general, bajo un régimen de patria potestad o, en su defecto, de tutela, hasta que alcanza la mayoría de edad y adquiere la plena capacidad de obrar. No goza, por tanto, de plena capacidad jurídica y de obrar durante la minoría de edad.
07El negocio jurídico
La caída de un rayo que ocasiona graves daños patrimoniales constituye:
· a)un negocio jurídico
· b)un acto jurídico
✓ c)un hecho jurídico
Por qué es la respuesta correcta:Un hecho jurídico es todo acontecimiento, natural o humano, al que el ordenamiento atribuye consecuencias jurídicas, con independencia de que exista o no voluntad humana dirigida a producirlas. La caída de un rayo es un fenómeno natural, ajeno a la voluntad humana, por lo que es un hecho jurídico (natural) y no un acto jurídico (que exige un comportamiento humano voluntario) ni un negocio jurídico (que exige, además, una declaración de voluntad dirigida a producir efectos jurídicos).
08Los contratos
El mandatario es:
· a)el encargado de transmitir el encargo del mandante
✓ b)quien recibe un encargo del mandante
· c)quien confirma la realización del mandato
Por qué es la respuesta correcta:En el contrato de mandato, el mandante es quien encarga a otra persona la realización de uno o varios actos jurídicos por su cuenta, y el mandatario es precisamente quien recibe ese encargo y se obliga a ejecutarlo. No es el mandatario quien "transmite" el encargo (eso correspondería, en su caso, al propio mandante) ni quien simplemente "confirma" su realización.
09Derecho de sucesiones
La sucesión intestada tiene lugar:
· a)cuando el causante no otorga testamento
· b)cuando el testamento se declara inválido
✓ c)en ambos supuestos
Por qué es la respuesta correcta:La sucesión intestada o ab intestato es aquella que se rige por las reglas legales de la sucesión (y no por la voluntad del causante expresada en testamento). Se produce tanto cuando el causante fallece sin haber otorgado testamento como cuando, habiéndolo otorgado, este resulta nulo, es revocado o el heredero instituido no puede o no quiere aceptar la herencia. Por tanto, la respuesta correcta incluye ambos supuestos.
10La norma jurídica
Un supuesto de hecho es:
· a)la acción que presuntamente se ha cometido
✓ b)una situación o acontecimiento de la vida social al que la norma atribuye consecuencias jurídicas
· c)la situación resultante de la aplicación de la norma
Por qué es la respuesta correcta:El supuesto de hecho es el elemento de la norma jurídica que describe una situación o acontecimiento de la vida social (una conducta, un hecho, un estado) al que, si se produce, la norma anuda una consecuencia jurídica. No debe confundirse con "la acción presuntamente cometida" (propio del ámbito penal-procesal) ni con la consecuencia jurídica misma, que es el efecto que se deriva de la realización del supuesto de hecho, no el supuesto en sí.
Segunda parte: redacción (elige solo una)
OPCIÓN ILa Constitución como fuente
Respuesta modelo (nivel para aprobar):La Constitución española de 1978 ocupa la posición suprema en el sistema de fuentes del ordenamiento jurídico español por una doble razón. En primer lugar, es la norma jurídica de mayor rango jerárquico: todas las demás normas del ordenamiento (leyes orgánicas, leyes ordinarias, decretos-leyes, reglamentos, Estatutos de Autonomía) derivan de ella su validez, no pudiendo contradecir sus disposiciones bajo pena de ser declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional. En segundo lugar, y a diferencia de las constituciones históricas españolas anteriores, de carácter esencialmente programático, la Constitución de 1978 goza de valor normativo directo e inmediato: sus preceptos vinculan a todos los ciudadanos y a los poderes públicos (art. 9.1 CE) y son de aplicación directa por los tribunales ordinarios, sin necesidad, con carácter general, de que una ley posterior los desarrolle; los derechos fundamentales que reconoce pueden invocarse directamente ante los jueces, contando además con la garantía reforzada del recurso de amparo constitucional. La Constitución cumple, además, una función de norma normarum o fuente de fuentes: es ella la que atribuye a los distintos poderes y órganos del Estado (Cortes Generales, Gobierno, Comunidades Autónomas) su respectiva potestad normativa, determinando el procedimiento de elaboración y el rango jerárquico de las normas que cada uno de ellos puede dictar. Por todo ello, la Constitución no es simplemente una fuente más entre las enumeradas en el artículo 1 del Código Civil, sino la fuente suprema que condiciona la validez, el contenido y la interpretación de todo el resto del ordenamiento jurídico español.
Claves para memorizar:- La Constitución es la norma suprema: todas las demás normas derivan de ella su validez
- Ninguna norma puede contradecirla (control de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional)
- A diferencia de constituciones históricas anteriores, tiene valor normativo directo e inmediato (art. 9.1 CE)
- Los derechos fundamentales son invocables directamente ante los tribunales, con la garantía del recurso de amparo
- Función de norma normarum: atribuye a cada órgano su potestad normativa y el rango de sus normas
OPCIÓN IILos contratos consensuales: la compraventa
Respuesta modelo (nivel para aprobar):En Derecho civil se distingue, según el momento en que se perfeccionan, entre contratos reales (que requieren, además del consentimiento, la entrega de la cosa para perfeccionarse) y contratos consensuales, que se perfeccionan por el mero consentimiento de las partes, sin necesidad de entrega ni de forma especial, salvo excepciones legales. La compraventa es el ejemplo paradigmático de contrato consensual: conforme al artículo 1450 del Código Civil, la venta se perfecciona entre comprador y vendedor, y es obligatoria para ambos, desde que convienen en la cosa objeto del contrato y en el precio, aunque ni la una ni el otro se hayan entregado. Es, además, un contrato bilateral (genera obligaciones recíprocas para ambas partes), oneroso (existe una contraprestación económica) y traslativo del dominio, si bien en nuestro Derecho la perfección del contrato (el mero consentimiento) no basta por sí sola para transmitir la propiedad: conforme a la teoría del título y el modo, que rige en el Derecho español, se exige además la tradición o entrega de la cosa (el "modo"), de manera que el contrato de compraventa (el "título") genera la obligación de entregar y de pagar el precio, pero la propiedad no se transmite hasta que la cosa es efectivamente entregada. Los elementos esenciales de la compraventa son, por tanto, el consentimiento de ambas partes, la cosa objeto de la venta (que debe existir o poder existir, ser lícita y estar determinada o ser determinable) y el precio (que debe ser cierto y consistir en dinero o signo que lo represente). Las obligaciones principales del vendedor son la entrega de la cosa vendida y el saneamiento (por evicción y por vicios o defectos ocultos); las del comprador, pagar el precio en el tiempo y lugar fijados en el contrato y recibir la cosa comprada.
Claves para memorizar:- Contrato consensual: se perfecciona por el mero consentimiento, sin necesidad de entrega (art. 1450 CC)
- Es bilateral, oneroso y traslativo del dominio
- Teoría del título y el modo: el contrato (título) obliga a entregar, pero la propiedad se transmite con la entrega (modo/tradición)
- Elementos esenciales: consentimiento, cosa (lícita, determinada o determinable) y precio (cierto, en dinero)
- Obligaciones del vendedor: entrega y saneamiento (evicción y vicios ocultos); del comprador: pagar el precio y recibir la cosa