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UNED Acceso 25 y 45 › Nociones Jurídicas Básicas › Examen resuelto › Septiembre 2022

EXAMEN RESUELTO EN PDF

Examen resuelto de Nociones Jurídicas Básicas
UNED Septiembre 2022, Acceso mayores de 25.

Este examen forma parte del banco de exámenes resueltos de CazaPlazas: las 10 preguntas del test y las dos opciones de redacción, con respuesta modelo y explicación razonada. Puedes verlo aquí o descargarlo en PDF para hacerlo en tus propias condiciones antes de corregirlo.

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SEPTIEMBRE 2022

Nociones Jurídicas Básicas

10 preguntas test + 2 opciones de redacción, todas resueltas

Reglas de este examen (salen siempre, en cada convocatoria)

  • Duración: 1 hora en total, para las dos partes.
  • Primera parte (test): 10 preguntas de opción múltiple (a/b/c). 1 punto por acierto, máximo 10 puntos. Los errores no penalizan.
  • Segunda parte (redacción): se plantean 2 temas de desarrollo y hay que responder solo a uno. Máximo 10 puntos.
  • Si se contesta a los dos temas de redacción, solo se corrige el primero en orden de respuesta; el segundo se anula.
  • La nota final es la suma del test y la redacción (máximo 20 puntos, o su equivalente sobre 10 según la escala de la convocatoria).

Primera parte: test

01Sistemas jurídicos

El denominado derecho consuetudinario se encuentra en los sistemas jurídicos:

· a)de derecho continental
· b)del common law
✓ c)en ambos sistemas jurídicos
Por qué es la respuesta correcta:La costumbre, como fuente del Derecho basada en la reiteración de conductas sociales con convicción de obligatoriedad, no es exclusiva de ningún sistema jurídico concreto: está presente tanto en los ordenamientos de tradición continental o civil law (donde el Código Civil español, por ejemplo, la reconoce en su artículo 1 como fuente subsidiaria) como en los sistemas de common law (donde de hecho tuvo un papel histórico determinante en la formación del propio sistema jurisprudencial). Por eso el derecho consuetudinario se encuentra presente en ambos sistemas jurídicos, aunque con distinto peso relativo.
02Interpretación del Derecho

El asesoramiento de los abogados a las partes litigantes en el marco de un proceso constituye una interpretación:

✓ a)privada
· b)pública
· c)mixta
Por qué es la respuesta correcta:El asesoramiento jurídico que el abogado presta a su cliente es un ejemplo de interpretación privada: la realizada por particulares sin investidura de autoridad pública, por oposición a la interpretación pública o auténtica que llevan a cabo los órganos del Estado (el legislador, los jueces en sus sentencias, o los notarios y registradores en el ejercicio de sus funciones públicas). Aunque profesional y técnicamente cualificado, el abogado actúa como particular al servicio de los intereses de su cliente, sin capacidad de vincular a terceros con su interpretación.
03Teoría del ordenamiento jurídico

La no existencia de contradicciones entre las normas de un ordenamiento jurídico hace referencia a su:

✓ a)coherencia
· b)plenitud
· c)integridad
Por qué es la respuesta correcta:La coherencia del ordenamiento jurídico es precisamente la propiedad que exige la ausencia de contradicciones o antinomias entre sus normas: que dos normas del sistema no ordenen soluciones incompatibles para un mismo supuesto de hecho. Se distingue de la plenitud o integridad, que es la ausencia de lagunas (que el ordenamiento tenga siempre respuesta para cualquier caso), un problema conceptualmente distinto al de la coherencia.
04Régimen económico matrimonial

Los bienes adquiridos por herencia o donación por uno sólo de los cónyuges se denominan:

· a)particulares
· b)parafernales
✓ c)privativos
Por qué es la respuesta correcta:En el régimen de gananciales, los bienes privativos son aquellos que pertenecen en exclusiva a uno solo de los cónyuges, entre ellos los que adquiere durante el matrimonio a título gratuito, por herencia, legado o donación, ya que no proceden del esfuerzo común de la pareja. Los bienes parafernales son una figura distinta, propia del antiguo régimen dotal, y 'particulares' no es la denominación técnica que emplea el Código Civil para esta categoría.
05Fuentes del Derecho

La costumbre rige sólo en defecto de ley en virtud de su condición de fuente:

· a)accesoria
· b)residual
✓ c)supletoria
Por qué es la respuesta correcta:Como ya se ha señalado, el artículo 1.3 del Código Civil establece que la costumbre solo regirá en defecto de ley aplicable, siendo esta relación de subordinación jerárquica frente a la ley lo que técnicamente se denomina carácter supletorio de la costumbre como fuente del Derecho.
06Derecho romano

La magna obra de Justiniano que recoge los escritos de los juristas clásicos de Roma es:

✓ a)el Digesto
· b)el Codex
· c)las Novelas
Por qué es la respuesta correcta:Dentro del Corpus Iuris Civilis ordenado por Justiniano, el Digesto o Pandectas es específicamente la parte que recopila y sistematiza los fragmentos de las obras de los grandes juristas clásicos romanos (Ulpiano, Paulo, Gayo, Papiniano, entre otros). El Codex es la recopilación de las constituciones imperiales, y las Novelas son las nuevas leyes promulgadas por el propio Justiniano con posterioridad a la compilación inicial. Solo el Digesto se corresponde con la recopilación de los escritos de los juristas clásicos.
07Interpretación del Derecho

La interpretación realizada por un notario asesorando a los particulares se denomina interpretación:

✓ a)cautelar
· b)doctrinal
· c)auténtica
Por qué es la respuesta correcta:La interpretación cautelar es la que realizan los notarios (y, en un sentido próximo, los registradores) en el ejercicio propio de su función pública, orientada a prevenir futuros conflictos y a garantizar la seguridad jurídica preventiva: al redactar una escritura o asesorar a las partes, el notario interpreta y aplica el Derecho para dar forma jurídicamente correcta a la voluntad de los particulares. Se distingue de la interpretación auténtica (la del propio autor de la norma) y de la doctrinal (la de los estudiosos del Derecho, carente de valor vinculante).
08Fuentes del Derecho

El carácter informador del ordenamiento jurídico es atribuido por el Código Civil a:

· a)la ley
· b)la costumbre
✓ c)los principios generales del derecho
Por qué es la respuesta correcta:Tal y como establece el artículo 1.4 del Código Civil, son los principios generales del Derecho, y no la ley ni la costumbre, los que reciben expresamente esa función informadora del ordenamiento jurídico en su conjunto, con independencia de que se apliquen o no de manera directa a un supuesto concreto como fuente subsidiaria de tercer grado.
09Relación jurídica

El sujeto pasivo en una relación jurídica se encuentra en una situación de:

· a)poder
· b)inactividad
✓ c)deber
Por qué es la respuesta correcta:El sujeto pasivo de la relación jurídica es aquel sobre quien recae la obligación de cumplir una determinada conducta (dar, hacer o no hacer) frente al sujeto activo, titular del derecho o de la facultad correlativa. Esta posición se describe técnicamente como una situación de deber jurídico, no de mera inactividad, ya que implica una sujeción activa a un comportamiento exigible por el titular del derecho.
10Vigencia de las normas

Según el Código Civil, las leyes entran en vigor, si no se dispone otra cosa:

· a)en el mismo momento de su publicación
✓ b)a los 20 días de su publicación
· c)a los 15 días de su completa publicación
Por qué es la respuesta correcta:El artículo 2.1 del Código Civil fija en veinte días el plazo general de vacatio legis desde la completa publicación de la ley en el Boletín Oficial del Estado, salvo que la propia norma disponga expresamente otro plazo distinto (que puede ser más breve, más largo, o incluso su entrada en vigor inmediata el mismo día de la publicación).

Segunda parte: redacción (elige solo una)

OPCIÓN I

Sistemas jurídicos abiertos y sistemas jurídicos cerrados

Respuesta modelo (nivel para aprobar):La distinción entre sistemas jurídicos abiertos y cerrados atiende al modo en que cada tradición jurídica concibe la formación, el desarrollo y la completitud del Derecho. Un sistema jurídico cerrado, propio de la tradición romano-germánica o de civil law (a la que pertenece España), aspira a la codificación exhaustiva y sistemática del Derecho en textos legales escritos y ordenados (los códigos), con vocación de plenitud: la ley pretende prever, en la medida de lo posible, todas las situaciones jurídicamente relevantes, y la labor de los jueces se concibe fundamentalmente como una labor de aplicación e interpretación de esa ley preexistente, no de creación autónoma de Derecho nuevo (aunque en la práctica la jurisprudencia complemente inevitablemente el ordenamiento, como reconoce el propio artículo 1.6 del Código Civil español). Un sistema jurídico abierto, por el contrario, característico de la familia del common law (Inglaterra, Estados Unidos y otros países de tradición anglosajona), se construye principalmente a partir de las decisiones judiciales concretas (los precedentes), que van conformando el Derecho de manera casuística y en continua transformación: no existe, tradicionalmente, una codificación sistemática comparable a la continental, y el peso normativo recae en la doctrina del precedente vinculante (stare decisis), por la cual los tribunales quedan vinculados por las decisiones de tribunales superiores en casos anteriores sustancialmente similares. En un sistema abierto, el Derecho se percibe como una realidad dinámica, en permanente reconstrucción a través de la experiencia judicial acumulada caso a caso, mientras que en un sistema cerrado el Derecho aspira idealmente a estar ya completo y sistematizado en el texto legal, correspondiendo al juez la función de descubrir e interpretar la solución que el legislador ya habría previsto. En la práctica actual, sin embargo, ambos modelos tienden a converger parcialmente: los países de common law han ido incorporando cada vez más legislación escrita (statutes), y los países de civil law reconocen un papel creciente y de facto vinculante a la jurisprudencia de sus tribunales superiores (en España, la doctrina reiterada del Tribunal Supremo complementa el ordenamiento conforme al artículo 1.6 del Código Civil).
Claves para memorizar:
  • Sistema cerrado (civil law): codificación exhaustiva, vocación de plenitud legal, juez aplica la ley
  • Sistema abierto (common law): construido por precedentes judiciales, en continua transformación
  • Doctrina del precedente vinculante (stare decisis) es propia del common law
  • España pertenece a la tradición de civil law / sistema cerrado
  • Tendencia actual de convergencia: common law legisla más, civil law da más peso de facto a la jurisprudencia
OPCIÓN II

Las cuatro principales variantes contractuales

Respuesta modelo (nivel para aprobar):El Derecho civil de obligaciones clasifica los contratos atendiendo a distintos criterios, siendo cuatro de las variantes o clasificaciones contractuales más relevantes las siguientes. En primer lugar, según generen obligaciones para una o ambas partes, se distingue entre contratos unilaterales, que solo hacen nacer obligaciones para una de las partes contratantes (como la donación pura, en la que solo se obliga el donante), y contratos bilaterales o sinalagmáticos, que generan obligaciones recíprocas para ambas partes, cada una en función de la contraprestación de la otra (como la compraventa, en la que el vendedor se obliga a entregar la cosa y el comprador a pagar el precio). En segundo lugar, en función de si existe o no una contraprestación, se distingue entre contratos onerosos, en los que ambas partes obtienen una ventaja patrimonial a cambio de un sacrificio equivalente (la compraventa, el arrendamiento), y contratos gratuitos o lucrativos, en los que solo una de las partes obtiene una ventaja patrimonial sin contrapartida (la donación, el comodato). En tercer lugar, atendiendo al momento de su perfección, se distingue entre contratos consensuales, que se perfeccionan por el mero consentimiento de las partes sin necesidad de otro requisito (la compraventa, el mandato), y contratos reales, que requieren además la entrega de la cosa para su perfección (el depósito, el comodato, el préstamo o mutuo). Por último, en función de si su contenido está predeterminado por la ley o queda a la libre configuración de las partes, se distingue entre contratos típicos o nominados, expresamente regulados por el Código Civil o por leyes especiales con un régimen jurídico propio (la compraventa, el arrendamiento, el mandato, la sociedad), y contratos atípicos o innominados, que las partes crean libremente en ejercicio del principio de autonomía de la voluntad (art. 1255 del Código Civil), sin ajustarse a ningún tipo contractual expresamente regulado, aunque deban respetar los límites generales de la ley, la moral y el orden público.
Claves para memorizar:
  • Unilaterales (obligan a una parte) vs. bilaterales o sinalagmáticos (obligan a ambas)
  • Onerosos (con contraprestación) vs. gratuitos o lucrativos (sin contrapartida)
  • Consensuales (se perfeccionan por el consentimiento) vs. reales (requieren entrega de la cosa)
  • Típicos o nominados (regulados por ley) vs. atípicos o innominados (creados por autonomía de la voluntad, art. 1255 CC)
  • Ejemplos: compraventa (bilateral, oneroso, consensual, típico); donación (unilateral, gratuito); depósito (real)

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Preguntas frecuentes

¿Es el examen real de Septiembre 2022?

Sí, las 10 preguntas del test y los 2 temas de redacción son los originales de esa convocatoria del Acceso UNED +25/+45 (Nac. Primera Semana).

¿Cuántas preguntas hay que responder en el examen real?

Las 10 del test (todas puntúan) y, de los 2 temas de redacción, solo uno: si se contestan los dos, se corrige únicamente el primero y el segundo queda anulado.

¿Por qué aquí aparecen resueltas las dos opciones de redacción?

Para que puedas prepararte para cualquiera de las dos, sin saber de antemano cuál te conviene más elegir el día del examen.

¿Puedo descargarlo gratis?

Sí, tanto la versión resuelta como la versión sin resolver se descargan en PDF gratis. Los tres primeros exámenes se descargan sin registrarte; después basta con crear una cuenta gratis.

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